Noticias sobre la legislación del CBD

TIENDA DE CBD FRANCESA

Legislación actual en torno al CBD

Confuso, así es como se define la legislación sobre el CBD, ¡aunque no por mucho tiempo! Las colas avanzan muy rápidamente tras una decisión de jueces europeos que tuvo el efecto de un terremoto. Las iniciativas se multiplican para lograr la regulación de este nuevo y floreciente mercado del cannabidiol apodado el “ bienestar del cáñamo ". ¡Dundees ha descifrado la última legislación sobre CBD para usted! 

La tradición francesa: seguridad y legislación restrictiva 

Francia, primer productor europeo de cáñamo, 400 tiendas abrió en Francia, cuatro veces más que hace dos años, según el Sindicato Profesional del Cáñamo (SPC), un mercado que pesa hoy 150 a 200 millones de euros y podría alcanzar los mil millones de euros en 2023: ¡las cifras están aumentando! Y, sin embargo, gran paradoja de la vaguedad legislativa, las tiendas no pueden abastecerse de los productores franceses. 

De hecho, los dos textos que regulan la cuestión, a saber: el decreto del 22 de agosto de 1990 artículo de aplicación R.5132-86 del código de salud pública (CSP) – dispone que “el cultivo, la importación, la exportación y el uso industrial y comercial están autorizados (fibras y semillas) variedades de Cannabis sativa L que cumplan los siguientes criterios: »

  • el CBD debe provenir de un variedad autorizada de cannabis sativa L. por reglamento.
  • Los productos de cannabidiol deben proceder de una planta cuya el contenido de THC es inferior a 0,2%. Esta tarifa deberá incrementarse a 0% en productos terminados. Para garantizar el nivel de THC deben estar certificados por un laboratorio europeo independiente y especializado. 

Así, la legislación francesa excluye el uso de flores y hojas de cáñamo, lo que hoy se considera un obstáculo a la libertad de empresa. El mercado actual del CBD sufre la reputación sulfurosa de su primo el THC. En cuestión, queda una amalgama completamente infundada a pesar de un informe de la OMS de 2017 que afirma la ausencia de riesgo para la salud pública (sin efectos psicoactivos ni secundarios, sin dependencia) que los jueces europeos se han esforzado en eliminar. 

El TJUE dictamina que la normativa francesa es contraria al derecho de la UE

¡Europa prepara el escenario, Francia toma la semilla! El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha cambiado las cartas en asunto C-663/18, conocido como Kanavape. En sentencia dictada el 19 de noviembre de 2020, consideró que la legislación francesa que regula el CBD era demasiado restrictiva y contraria a la legislación europea, en particular a las normas que rigen el mercado común. 

La Corte comienza considerando que el cannabidiol no constituye un producto narcótico, bajo la convenciones internacionales vigentes y en el estado de los conocimientos científicos. Deduce, acertadamente, que las disposiciones relativas a la libre circulación de mercancías son aplicables a los productos a base de CBD y que una medida nacional que prohíbe la comercialización de CBD en su totalidad, como es el caso de la normativa francesa, constituye un obstáculo para movimiento libre.

El anunciado fin de la vaguedad jurídica en torno al CBD

Este martes 16 de febrero de 2021, el Tribunal de Casación, que había esperado a que se pronunciara la decisión del TJUE, puso en conocimiento su decisión. Esperado para marzo, debería ser muy esclarecedor sobre el futuro de la comercialización del CBD en Francia. 

El Tribunal de Casación no es el único tribunal superior que debe decidir la cuestión. La Asamblea Nacional y el Senado también están llamados a participar en la aparición de nuevas regulaciones más flexibles sobre el CBD que garanticen, al mismo tiempo, la seguridad de los consumidores y la calidad de los productos, hasta ahora muy desiguales según las tiendas. 

Este 10 de febrero La misión parlamentaria de información sobre los usos del cannabis elabora un informe. que contiene 20 propuestas que incluyen: 

  • “la autorización del cultivo, importación, exportación y utilización de todas las partes de la planta del cáñamo con fines industriales y comerciales, incluida la flor”. 
  • la eliminación del umbral de 0 % de THC en productos acabados y una redefinición del tipo para los cultivos de cáñamo, “idealmente 0,6 %” y 1 % para los territorios de ultramar, situados en latitudes cálidas. 

Este informe está en la misma línea que el viento de liberalización que sopla en todo el mundo del cannabis con la experimentación de dos años con el cannabis terapéutico lanzada por la Asamblea Nacional y la eliminación de este último de la convención de las Naciones Unidas de 1961 sobre estupefacientes, la ONU. reconociendo así oficialmente la utilidad médica del cannabis. 

Este informe también llega al mismo tiempo que un pregunta de un senador al ministro de solidaridad y salud sobre la legislación sobre cannabidiol.

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